Contrato de Arrendamiento Local 1097 de la CAPROCULTCA

Entre la CAJA DE AHORRO DE LOS PROFESORES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE LOS TEQUES “CECILIO ACOSTA”, en lo adelante “CAPROCULTCA”, la cual es una  Asociación  Civil  sin  fines  de  lucro,  debidamente  registrada por ante la Oficina Subalterna de Registro del  Distrito  Guaicaipuro  del Estado Bolivariano Miranda, el 25 de enero de 1993, bajo el No. 37, Protocolo 1°, Tomo 5, primer trimestre del año 1993; representada en este acto por el presidente del Consejo de Administración, Lic. PAÚL JOSÉ FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.405.640 y de este domicilio, por una parte, que para los efectos de este contrato, se denominará LA ARRENDADORA, y por la otra[u1] ,xxxxxxx , a través de su representante legal actuando con el carácter de xxxxxx[u2]  de la misma, ciudadano XXXXX[u3] , quien es XXXXXX[u4] , mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° XXXXX[u5]   y de este domicilio, quien a los mismos efectos del contrato, se denominará EL ARRENDATARIO, se ha convenido en celebrar como en efecto se hace, un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que se regirá por las siguientes Cláusulas, así como por lo dispuesto en las NORMAS PARA EL USO Y ARRENDAMIENTO DEL LOCAL No. L-1097 DE LA CAPROCULTCA: ………………………………………………………….
PRIMERA: LA ARRENDADORA, da en calidad de arrendamiento a EL ARRENDATARIO,  un inmueble constituido por un LOCAL COMERCIAL de su propiedad, identificado con la letra y número L-1097, ubicado en el nivel seis (06) de la primera etapa “A” del Centro Comercial “Vasconia Ciudad Comercial”, ubicado en la avenida Pedro Russo Ferrer, sector El Tambor, Jurisdicción del Municipio Autónomo Guaicaipuro de la ciudad de Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda.-………………………………….
SEGUNDA: EL ARRENDATARIO, se compromete a utilizar el local arrendado, única y exclusivamente a efectos de XXXXX[u6] , por lo que cualquier cambio de destino que pretendiera darle al mismo deberá ser autorizado por LA ARRENDADORA, previamente y por escrito, sujetándose EL ARRENDATARIO en todo caso a lo consagrado en NORMAS PARA EL USO Y ARRENDAMIENTO DEL LOCAL No. 1097 DE LA CAPROCULTCA …………………………………………………………..
TERCERA: LA  ARRENDADORA  entrega  el  local,  en perfecto estado  a

EL ARRENDATARIO, y éste se compromete entregarlo en las mismas condiciones, al momento de finalizar al presente Contrato de Arrendamiento, y a notificar a LA ARRENDADORA cualquier novedad o daño que se presente en el inmueble arrendado, así como del mobiliario y equipos entregados previamente por LA ARRENDADORA, según INVENTARIO DEL LOCAL No. L-1097 DE LA CAPROCULTCA A LOS EFECTOS DEL ARRENDAMIENTO, y que forma parte (anexo) de este contrato.-..
CUARTA. El canon de Arrendamiento convenido es por la cantidad de XXXXX[u7]   BOLÍVARES (Bs. 00,00) XXXXXXX[u8] , que EL ARRENDATARIO se compromete a pagar a LA ARRENDADORA de manera previa, así como el respectivo depósito de garantía.- ………………
QUINTA: EL ARRENDATARIO, no podrá traspasar, enajenar, subarrendar total o parcialmente el local arrendado, a terceras personas, sin la autorización expresa y escrita de LA ARRENDADORA, ya que esto dará derecho a LA ARRENDADORA, de pedir de inmediato la desocupación del inmueble, y dar por rescindido este Contrato de Arrendamiento, el cual se celebra intuitu personae.-……………………………………………………………………….
SEXTA: El uso del local arrendado será los días XXXXX  en el horario comprendido entre las XXXXX antes meridiano (:00aM) hasta las XXXXX pasado meridiano (0:00 PM).-……………………………………………….
SÉPTIMA: Todos los gastos por servicios como agua, luz eléctrica e internet y otros correrán por cuenta de LA ARRENDADORA.- ……………………..
OCTAVA:  Queda entendido que la falta de cumplimiento en el pago del canon  de arrendamiento, dará derecho a LA ARRENDADORA  a dar por resuelto este contrato de arrendamiento y exigir a EL ARRENDATARIO la desocupación, con el pago correspondiente de los daños y perjuicios a que hubiere lugar. Así mismo el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato, dará pleno derecho a LA ARRENDADORA para considerarlo rescindido,  sin  perjuicios  de las demás responsabilidades a que hubiere lugar.-………………………………………………………………………….
NOVENA: Al vencimiento o resolución de este contrato, por la causa que fuere, y sin la suscripción de nuevo contrato, EL ARRENDATARIO   deberá  entregar  el inmueble  arrendado  en  perfectas condiciones, tal como la recibió, y de no hacerlo, pagará como CLÁUSULA PENAL el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del canon de arrendamiento por cada día de retardo en la entrega del inmueble arrendado.-
DÉCIMA: EL ARRENDATARIO entrega en este acto a LA ARRENDADORA, la suma del  CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del monto del arrendamiento, en calidad de DEPÓSITO, suma que será garantía del cumplimiento de este contrato y que será devuelta a EL ARRENDATARIO al finalizar dicho contrato, una vez entregado el inmueble a satisfacción previa la verificación del cumplimiento de todas las cláusulas pactadas, así como también la debida verificación del inmueble, mobiliario y equipos entregados.-………………………………………..........................
DÉCIMA PRIMERA:  EL ARRENDA­TARIO, queda obligado a no hacer ninguna alteración o modificación en la construcción del inmueble arrendado, a no permitir en el mismo la presencia de personas que sufran de enfermedades contagiosas, a permitir ver el local arrendado a la persona que LA  ARRENDADORA  autorice, siempre a la hora hábil que lo determine, a no fijar ni permitir que fijen carte­les de propaganda comercial o de otro origen, en las paredes internas, ni en el frente del inmueble arrendado, así como hacer uso adecuado de las instalaciones sanitarias y áreas comunes del centro comercial.-…………………………………………………………….
DÉCIMA SEGUNDA:  EL ARRENDATARIO queda obligado a po­ner en conocimiento de LA ARRENDADORA por escrito y con la ma­yor urgencia, cualquiera novedad dañosa o indicio de que pueda ser necesaria alguna reparación mayor en el inmueble y de no hacerlo, será responsable de los perjuicios que ocasione su negligencia……………………………………
DÉCIMA TERCERA: Lo no previsto, las partes se regirán por las disposiciones del Código Civil y otras leyes aplicables en razón de la materia.-  DÉCIMA CUARTA: A efectos legales, las partes eligen como domicilio especial a la ciudad de Los Teques, renunciando a cualquier otro domicilio que por ley pueda corresponderles.- En Los Teques, a los ….., días del mes de …., de 201…….-

 

LA  ARRENDADORA                                   EL ARRENDATARIO
                                                                                          






 [u1]Denominación legal del ARRENDATARIO


 [u2]Cargo según Registro


 [u3]Nombre y Apellidos del ARRENDADOR


 [u4]Nacionalidad del ARRENDADOR


 [u5]Cédula ed identidad del ARRENDADOR


 [u6]Se indicará expresamente la actividad a desarrollar por el ARRENDATARIO


 [u7]Se indicará el monto dispuesto por el Consejo de Administración


 [u8]La modalidad del Arrendamiento es estimada por hora calendario (no académica)

No hay comentarios:

Publicar un comentario